AYUDA PARA LA SELECCION Y EJECUCION DE PROYECTOS RELATIVOS A LA MEJORA DEL ABASTECIMIENTO Y REDUCCION DE PERDIDAS EN REDES DE AGUA POTABLE MUNICIPIOS MENORES DE 20.000 HABITANTES PRTR
Objeto:
El objeto es convocar en régimen de concurrencia competitiva las subvenciones para la selección y ejecución de inversiones relativas a la mejora en el abastecimiento y reducción de pérdidas en redes de municipios menores de 20.000 habitantes de Castilla-La Mancha en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia.
Destinatarios:
Podrán ser entidades beneficiarias de estas subvenciones los municipios y entidades de ámbito inferior (en adelante EATIM) de municipios con menos de 20.000 habitantes ubicados en Castilla-La Mancha. También podrán ser beneficiarias las mancomunidades que gestionen servicios de abastecimiento que sirven a municipios con población menor a 20.000 habitantes.
Los municipios y EATIM con población menor de 500 habitantes podrán concurrir a esta convocatoria mediante fórmulas, debidamente acreditadas, de colaboración técnica o financiera con las diputaciones provinciales correspondientes, siendo en este caso las diputaciones provinciales las que ostentarán la condición de beneficiarias a los efectos de la liquidación de las ayudas. Las obligaciones establecidas en estas bases serán de aplicación tanto a los ayuntamientos y a las EATIM, como a las diputaciones provinciales.
Contribución a los objetivos del Reto Demográfico: Se priorizarán actuaciones situadas en zonas aisladas geográficamente o en dificultades. Este apartado se valorará con hasta 50 puntos. Se concederá un máximo de 50 puntos a las entidades (municipios, Eatim o mancomunidades) en función de su tamaño, de acuerdo al siguiente reparto: Indicador 8: Tamaño de la entidad solicitante.
Entidades con menos de 2.000 habitantes: 50 puntos.
Entidades con entre 2.001 y 5.000 habitantes: 30 puntos.
Entidades con entre 5.001 y 20.000 habitantes: 20 puntos.
Se concederá un máximo de otros 40 puntos de forma adicional, respecto del total de la puntuación prevista, de acuerdo con los siguientes porcentajes y tramos a los municipios, Eatim o mancomunidades cuyos municipios se encuentren en zonas establecidas en la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del medio Rural en Castilla-La Mancha y en el Decreto 108/2021, de 19 de octubre, por el que se determinan las zonas rurales de Castilla-La Mancha y en base al acuerdo de 19/10/2021, del Consejo de Gobierno, sobre la aplicación de criterios de incentivación y medidas de apoyo a solicitantes de ayudas en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, tal y como se indica a continuación:
- Municipios o Eatim o mancomunidades con todos sus municipios con menos de 2.000 habitantes en zonas de extrema despoblación: 40 puntos.
- Municipios o Eatim o mancomunidades con todos sus municipios con menos de 2.000 habitantes en zonas de intensa despoblación y en los municipios o Eatim o mancomunidades con todos sus municipios de 2.000 habitantes o más en zonas de extrema despoblación: 30 puntos.
- Municipios o Eatim o mancomunidades con todos sus municipios en zonas en riesgo de despoblación y en los municipios o Eatim o mancomunidades con todos sus municipios de 2.000 habitantes o más en zonas de intensa despoblación: 20 puntos.